Perfilado de sección
Por su parte, los GAD provinciales se benefician de una milésima por ciento (0,001%) adicional al impuesto de alcabalas, mientras que los GAD municipales y metropolitanos se benefician de los siguientes impuestos:
Detalle de impuestos municipales en el Ecuador
IMPUESTOS MUNICIPALES |
||||
Impuesto |
Sujeto Pasivo |
Base Imponible |
Tarifa / Cuantía |
Exenciones |
A la propiedad urbana (Adicionales: -Inmuebles no edificados. -Inmuebles no edificados en zonas de promoción inmediata. -Propiedades consideradas obsoletas) |
Propietario del predio |
Avalúo del predio o valor acumulado de los predios |
Entre 0,25x1000 y 5x1000 |
Predios unifamiliares urbano-marginales con avalúos de hasta 25 RBU. |
A la propiedad rural |
Propietario del predio |
Avalúo del predio o valor acumulado de los predios |
Entre 0,25x1000 y 3x1000 |
Predios con valor no mayor a 15 RBU. |
A las alcabalas (traspaso de dominio-bienes inmuebles) |
Contratante que recibe el beneficio |
Valor contractual-Avalúo de la propiedad (mayor) |
1% de la base imponible |
Organismos de derecho público como el Estado, municipalidades, BNF, BCE, IESS. |
A los vehículos |
Propietario del vehículo |
Avalúo del vehículo |
Por rangos de avalúo (modificable por ordenanza) |
De los miembros del cuerpo diplomático y consular; de organismos internacionales, aplicando el principio de reciprocidad; de la Cruz Roja y del cuerpo de bomberos. |
A los espectáculos públicos |
Organizador del evento |
Recaudación por venta de entradas |
10% de las entradas vendidas |
Presentación exclusiva de artistas ecuatorianos |
De patentes |
Actores económicos que ejerzan actividades comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias y profesionales |
En función del patrimonio de los sujetos pasivos |
Entre USD $10 y USD $25.000 dólares |
Artesanos |
Sobre los activos totales |
Quienes ejerzan actividades económicas y obligados a llevar contabilidad |
Activo total del año anterior |
1,5 x 1000 |
Gobierno central y demás niveles de gobierno. |
A las utilidades en transferencia de predios urbanos y plusvalía. |
Vendedor del predio |
Utilidades y plusvalía que provengan de la transferencia de inmuebles urbanos |
10% (modificable por ordenanza) |
- |
Casinos y demás establecimientos |
Ordenanza |
Ordenanza |
- |
Fuente: COOTAD
La facultad tributaria otorgada a los Gobiernos Autónomos Descentralizados regionales, provinciales, municipales y metropolitanos también permite la creación, modificación o supresión, de tasas y contribuciones especiales de mejoras generales o específicas en función de sus respectivas competencias.
Para el caso específico de los GAD municipales, el COOTAD detalla ciertas tasas y CEM, sin excluir las demás que se puedan crear en relación al ejercicio de sus competencias. A continuación se detallan las tasas y CEM de este nivel de gobierno.