Perfilado de sección
El COOTAD establece un sistema de competencias exclusivas para cada nivel de gobierno que debe contar con un mecanismo claro, estable y equitativo de transferencias de recursos a cada nivel de gobierno, en beneficio de todos los ciudadanos del Ecuador, independientemente del lugar de su residencia, y así alcanzar la equidad territorial (COOTAD: art. 191).
El principal mecanismo que busca la equidad territorial en la participación de las rentas del Estado, son las asignaciones por Modelo de Equidad Territorial (MET) en la provisión de bienes y servicios públicos, que se lleva aplicando a partir del año 2011. El MET se financia del veintiuno por ciento (21%) de ingresos permanentes y del diez por ciento (10%) de los no permanentes del PGE, con lo cual se logra respetar la garantía constitucional del nivel de recursos entregados a los GAD hasta el año 2008, y que el COOTAD hace extensiva al 2010 conforme su Disposición Transitoria Séptima; en la que se mantienen vigentes y respetan todas las leyes generales y específicas (preasignaciones) para los GAD, e incluye el incremento de las transferencias a favor de los gobiernos parroquiales rurales que estableció el presupuesto general del Estado del año 2010.
El monto total a transferir se distribuye entre los niveles de gobierno que participan en el MET, en virtud de sus competencias constitucionales, para garantizar el pleno ejercicio de sus competencias exclusivas y la prestación de bienes y servicios de calidad, de la siguiente forma: veintisiete por ciento (27%) para los GAD provinciales; sesenta y siete por ciento (67%) para los GAD municipales y distritos metropolitanos; y seis por ciento (6%) para los GAD parroquiales rurales (COOTAD: art. 192); de cada monto se asignan los recursos entre los GAD correspondientes a cada nivel de gobierno, aplicando la metodología del MET, que divide en dos partes el respectivo monto a transferir por nivel de gobierno (COOTAD: art. 193):
- Monto A: corresponde al monto que por leyes correspondió a los GAD en el año 2010 (transferencias entregadas el año 2010).
- Monto B: es el excedente del total del 21% de ingresos permanentes y 10% de ingresos no permanentes, restado el monto A que se asegura a cada GAD; dicho monto se asigna entre los GAD al aplicar la fórmula de distribución que considera los siete criterios de reparto señalados en la Constitución de la República del Ecuador .
El proceso de determinación del monto a transferir a los GAD mediante el MET, la distribución entre los diferentes niveles de gobierno, y la determinación del monto B sobre el cual se aplica la fórmula.
Si bien el monto A para cada GAD es fijo, no sucede lo mismo con el monto B, ya que este depende del crecimiento anual de las transferencias totales, permitiendo que con el pasar del tiempo primen los principios de solidaridad y equidad interterritorial, al transferir los recursos en función de criterios socio demográficos y de gestión de cada GAD; los cuales están descritos en la Constitución: tamaño de la población, densidad poblacional, necesidades básicas insatisfechas jerarquizadas, mejoramiento de los niveles de vida, capacidad fiscal, esfuerzo administrativo y cumplimiento de metas del Plan Nacional de Desarrollo y del Plan de Desarrollo del Gobierno Autónomo Descentralizado. Así también, el MET incluye una ponderación poblacional especial; es decir, asigna más recursos a aquellas poblaciones que por su ubicación geográfica son más vulnerables a situaciones adversas.
En definitiva, el objetivo principal del MET es asignar equitativamente a cada GAD los recursos pertinentes y necesarios, para asegurar la prestación de bienes y servicios públicos de calidad a la población en los diferentes niveles de gobierno; pues la distribución y ponderación de estos criterios pretenden caracterizar la realidad de cada GAD, por lo tanto, el recurso transferido no es igual para todos los GAD.