Tipos de Recursos Financieros de los GAD (Art. 171, COOTAD)

Tipos de Recursos Financieros de los GAD (Art. 171, COOTAD)

by Javier Antonio Chávez Ladines -
Number of replies: 1

egún el artículo 171 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) tienen acceso a diversos tipos de recursos financieros para cumplir con sus competencias y funciones. Estos recursos son fundamentales para garantizar la autonomía y el adecuado funcionamiento de los GAD a nivel provincial, cantonal y parroquial.

En primer lugar, los GAD obtienen recursos a través de ingresos tributarios, que incluyen impuestos como el predial, el de tránsito, y otros tributos locales establecidos por cada GAD en función de su jurisdicción. Estos ingresos constituyen una fuente directa de financiación.

Asimismo, los GAD pueden recibir transferencias del Estado, tanto del gobierno central como de otros niveles de gobierno. Estas transferencias son asignaciones que se otorgan con base en criterios específicos, como la población, las necesidades de desarrollo o la ejecución de proyectos prioritarios.

Adicionalmente, los GAD tienen acceso a créditos y empréstitos, que les permiten obtener financiamiento de entidades nacionales e internacionales. Estos recursos están sujetos a la capacidad de endeudamiento de cada GAD, regulado por la ley.

Finalmente, los GAD pueden generar ingresos no tributarios, a través de la venta de bienes y servicios, así como por otros mecanismos financieros que fomenten el desarrollo económico local.

En resumen, los GAD cuentan con una amplia variedad de recursos financieros que les permiten llevar a cabo sus funciones, promoviendo el desarrollo y bienestar en sus territorios.

In reply to Javier Antonio Chávez Ladines

Re: Tipos de Recursos Financieros de los GAD (Art. 171, COOTAD)

by Gema Alexandra Escobar Palma -
Así es estimado compañero Javier Antonio!. Los GAD son entidades descentralizadas por lo cual, gozan de autonomía política, administrativa y financiera, y están regidos por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad, interterritorial, integración y participación ciudadana, en las transferencias del Estado es importante referir las asignaciones de acuerdo al Modelo de Equidad Territorial (MET), las cuales se financia del 21% de ingresos permanentes y el 10 % de ingresos no permanentes del Presupuesto General del Estado, así como se debe considerar el sistema de competencias exclusivas a nivel de gobierno señaladas en el Art. 191 del COOTAD.